Información fiscal

El sector del transporte, como cualquier otro sector económico tiene una serie de obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria, dichas obligaciones pueden ser:

• Mediante Sistema de Módulos.

• Mediante Estimación Directa.

El primero de los casos, es probablemente el más habitualmente utilizado por los transportistas de la asociación, consiste básicamente en un cálculo de los rendimientos e impuestos que hay que pagar en función del número de trabajadores, número de vehículos y carga de los mismos. Con estos datos se calcula el módulo trimestral y se abona a través de banco o pago directo en la Agencia Tributaria.

Las obligaciones que tiene un transportista por el Sistema de Módulos son de dos tipos:

• Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.

• Impuesto sobre el Valor Añadido.

• Efectuar retención del 1% del I.R.P.F. en sus facturas de ingresos.

En el primero de los casos a través de los módulos calculamos el rendimiento de la actividad y este dato lo incorporaremos en nuestra Declaración Anual de la Renta. De la cuantía que nos salga a pagar el impuesto, descontaremos los pagos trimestrales efectuados y calculados por el Sistema de Módulos.

Los cuatro pagos trimestrales en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas son iguales, solo varían según el importe al que ascienda el 1% retenido.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido, el Sistema de Módulos establece que en función de los vehículos y trabajadores se calcula un módulo trimestral o lo que es lo mismo una cuantía trimestral que se ha de pagar, esta cuantía se mantiene durante los tres primeros trimestres del año y para el cuarto trimestre se calcula lo que se conoce como cuota devengada por operaciones corrientes, y de esta cantidad se resta todo el IVA soportado que hayamos tenido. Este importe nunca podrá ser inferior al porcentaje que establezca la agencia tributaria de la cuota devengada por operaciones corrientes, si fuese inferior se tomaría como valor mínimo el porcentaje antes indicado.

No se incluyen en este apartado el IVA de los Bienes de Inversión, el cual podrá reducir este porcentaje antes indicado. A esta cantidad se le retraerían los Pagos a Cuenta efectuados en los tres primeros trimestres del año y el saldo resultante podrá ser a pagar, a devolver o a compensar en el ejercicio siguiente.

Para que se pueda acoger un transportista a este sistema simplificado de pago de impuestos, en ningún caso podrá tener más de cinco vehículos, ni facturar más de cuatrocientos cincuenta mil Euros (450.000 €), ni tener gastos corrientes por importe de más de trescientos mil Euros (300.000 €).

Tampoco podrá estar en este régimen si ejerce otra actividad empresarial que no se encuentre en sistema de módulos, ya que en ese caso todas las actividades tributarían por estimación directa.

Si nos vemos obligados a estar incursos en el Sistema de Estimación Directa las obligaciones se incrementan, ya que además de liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, se deberá elaborar la Declaración Anual de Operaciones (Modelo 347) en el cual reseñaremos todos los datos y el nivel de facturación recibida o emitida con todos aquellos clientes o proveedores que superen en su cifra de negocio anual la cantidad de tres mil cinco euros con seis céntimos de euro (3.005,06 €), esta declaración de operaciones se debe efectuar antes del día 31 de Marzo. En cuanto a las obligaciones relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se debería calcular la retención a cuenta en función del beneficio obtenido (ingresos-gastos) cantidad a la cual se aplicaría un 20%. Una vez al año se confeccionaría la Declaración de la Renta y se descontarían los pagos fraccionados efectuados.

En el caso del Impuesto sobre el Valor Añadido, el cálculo trimestral resulta muy sencillo ya que deberemos calcular la diferencia entre el IVA Repercutido a nuestros clientes, y el IVA Soportado en las operaciones con nuestros proveedores.

A continuación se adjunta Calendario Tributario.

 

Calendario Tributario
Obligación Tributaria Modelo Fecha límite

Impuesto Renta Personas Físicas
Pago Fraccionado 1º trimestre 130/131 20/04
Pago Fraccionado 2º trimestre 130/131 20/07
Pago Fraccionado 3º trimestre 130/131 20/10
Pago Fraccionado 4º trimestre 130/131 20/01
Declaración de Renta 100 30/06

Impuesto sobre valor añadido
Liquidación 1º Trimestre 303/310/370 20/04
Liquidación 2º Trimestre 303/310/370 20/07
Liquidación 3º Trimestre 303/310/370 20/10
Liquidación 4º Trimestre 303/311/371 30/01
Declaración Resumen Anual 390 30/01

Declaración Anual Operaciones (solo contribuyentes estimación directa)
Resumen anual 347 31/03

 

El ejercer la actividad como persona física, dentro del sistema de módulos, resulta en la mayor parte de los casos la mejor opción. En el caso que hubiese que salir del sistema de módulos bien por volumen de facturación o por número de vehículos, sería interesante evaluar si la opción mas interesante es ejercer la actividad como persona física o bien hacerlo a través de una sociedad.

TABLAS CON LOS IMPORTES A PAGAR DE NOMINAS Y SEGUROS SOCIALES

Categoría Conductor

Jornada Completa 40 h.
  Salario Bruto Seg. Social Cargo Empresa Seg. Social Cargo Trabajador Total Seg. Social
12 pagas 1449,43€ 507,31€ 92,76€ 600,07€
14 pagas 1257,54€ 507,14€ 92,73€ 599,87€
15 pagas(*) 1161,44€ 507,00€ 92,71€ 599,71€
12 PAGAS: INCLUIDAS PAGAS EXTRAS DE BENEFIFICOS, VERANO Y NAVIDAD
14 PAGAS: INCLUIDA LA PAGA DE EXTRA BENEFECIOS
15 PAGAS: NO ESTA INCLUIDA NINGUNA PAGA EXTRA

Jornada Media 20 h.
  Salario Bruto Seg. Social Cargo Empresa Seg. Social Cargo Trabajador Total Seg. Social
12 pagas 724,56€ 260,84€ 46,37€ 307,21€
14 pagas 628,77€ 260,82€ 46,37€ 307,19€
15 pagas(*) 580,72€ 260,75€ 46,35€ 307,10€
12 PAGAS: INCLUIDAS PAGAS EXTRAS DE BENEFIFICOS, VERANO Y NAVIDAD
14 PAGAS: INCLUIDA LA PAGA DE EXTRA BENEFECIOS
15 PAGAS: NO ESTA INCLUIDA NINGUNA PAGA EXTRA

 

Categoría Mozo

Jornada Completa 40 h.
  Salario Bruto Seg. Social Cargo Empresa Seg. Social Cargo Trabajador Total Seg. Social
12 pagas 1426,80€ 499,37€ 91,32€ 590,69€
14 pagas 1238,01€ 499,27€ 91,30€ 590,57€
15 pagas(*) 1143,46€ 499,15€ 91,28€ 590,43€
12 PAGAS: INCLUIDAS PAGAS EXTRAS DE BENEFIFICOS, VERANO Y NAVIDAD
14 PAGAS: INCLUIDA LA PAGA DE EXTRA BENEFECIOS
15 PAGAS: NO ESTA INCLUIDA NINGUNA PAGA EXTRA

Jornada Media 20 h.
  Salario Bruto Seg. Social Cargo Empresa Seg. Social Cargo Trabajador Total Seg. Social
12 pagas 713,40€ 256,82€ 45,66€ 302,48€
14 pagas 628,77€ 256,71€ 45,64€ 302,35€
15 pagas(*) 580,72€ 256,71€ 45,64€ 302,35€
12 PAGAS: INCLUIDAS PAGAS EXTRAS DE BENEFIFICOS, VERANO Y NAVIDAD
14 PAGAS: INCLUIDA LA PAGA DE EXTRA BENEFECIOS
15 PAGAS: NO ESTA INCLUIDA NINGUNA PAGA EXTRA